Resulta que pensando en temas que podía seguir tratando en el blog buscaba en Internet información sobre un tema que me rondaba la cabeza, y la actualidad ha podido conmigo, ¿cómo afecta la Ley anti tabaco a los Monitores de Tiempo Libre?
Si en el post anterior hablaba sobre los ladrones de tiempo del educador y prometía un artículo exclusivo para hablar de los ladrones de tiempo del Monitor de Tiempo Libre, evidentemente, fumar es un claro aspirante a estar en esta lista como ladrón de tiempo del Monitor, pero este es otro tema que ya trataremos.
Sin entrar a valorar directamente la Ley me gustaría recordar que el Monitor de Tiempo Libre es un educador que trabaja en muchos casos con menores de edad, para los cuales es un referente, y ante los cuales es una figura a la que copiar en la totalidad de sus actos, y el fumar o no fumar es un acto a copiar por los menores.
En lo estrictamente legal, la nueva ley afecta al Monitor de Tiempo Libre y en general al tiempo libre, en varios puntos:
Por su lugar de trabajo:
- Se consideran libres de humos los recintos de los parques infantiles y áreas o zonas de juego para la infancia, entendiendo por tales los espacios al aire libre acotados que contengan equipamiento o acondicionamientos destinados específicamente para el juego y esparcimiento de menores. Por lo que los recintos de campamentos son espacios libres de humo.
- Centros de trabajo públicos y privados, salvo en los espacios al aire libre.
- Instalaciones deportivas.
- Centros de ocio o esparcimiento, salvo en los espacios al aire libre.
Para las Escuelas de Tiempo Libre:
- Como entidades dedicadas a formación de adultos: la ley permite fumar en los espacios al aire libre de los centros universitarios y de los exclusivamente dedicados a la formación de adultos, siempre que no sean accesos inmediatos a los edificios o aceras circundantes.
Y por nuestro trabajo con menores:
- Se adoptarán medidas para la protección de la salud y la educación de los menores, con el fin de evitar el inicio en el consumo y de ayudarles en el abandono de la dependencia. Para ello, se introducirán contenidos contra al tabaquismo en los planes formativos del profesorado.
Creo que este punto puede ser una nueva oportunidad de trabajo para los monitores de tiempo libre, saldrán programas, subvenciones, ect.. para llevar a cabo estas campañas preventivas con menores.
Creo que la ley anti Tabaco, afecta lo mismo que antes al monitor de tiempo libre sólo que hemos cambiado la palabra "no se debe" por "está prohibido" ya que:
ResponderEliminar- Como educadores que somos, no debemos de fumar ni delante de los chavales, ni en los lugares de juego, ni en los recintos del campamento, etc.
- Y en cuanto a los materiales, creo que son los mismos, cierto es que siempre se puede innovar pero vamos, no creo que afecte mucho al monitor de tiempo libre.
Ahora, ¿Durará mucho está ley? porque hace un año entro en vigor otra ley, ya derogada, que mando habilitar a los hosteleros un espacio cerrado para los fumadores, y otro libre de humos para los no fumadores.
¿Habrá compensación para los que adaptaron sus locales?
Los mayores damnificados de esta nueva ley antitabaco son los dueños que hicieron obras en sus locales de más de 100 metros para habilitar una zona de fumadores. Esas inversiones aún sin amortizar no servirán para nada con la nueva ley, y tampoco recibirá ninguna compensación.
Además, los hosteleros advierten sobre el fuerte impacto económico de esta medida sobre sus negocios, advirtiendo que pueden perder 140.000 empleos y el 10% de las ventas.
¿Estáis de acuerdo con la nueva ley?
Creo que la ley poco cambia el trabajo de un monitor. Soy de las que defiende que los monitores no deben fumar delante de los chicos y chicas al creer que son un referente para ellos y que durante el tiempo que pasan juntos las funciones del monitor/monitora son las de educar en el tiempo libre.
ResponderEliminarIgual que no se nos ocurriría hacer otra serie de cosas que consideremos negativas para los chicos y chicas (aunque sean legales o corrientes) el hecho de fumar, esté regulado o no por una ley, debería ser lo mismo.
Yo creo que aquellas actividades que se hacen en el Tiempo Libre deben proponer a los participantes espacios en los que tomar y entrenar decisiones y posturas en relación a determinados elementos y valores con los que se convive en la vida cotidiana.
ResponderEliminarLamentablemente, en nuestro día a día convivimos con el tabaco y otras drogas, como el alcohol o ilegales como el cannabis, y la diferencia entre su abordaje desde un espacio educativo y uno que no lo es, es que el espacio educativo pone a disposición del chaval elementos suficientes para valorar su postura frente a los consumos de drogas, expresar su posición y ejercer sus decisiones desde su propia libertad
Es indudable que quien dirige estos espacios debe diseñarlos de manera que se facilite la toma de decisiones saludables, y el primer elemento de juicio para cualquier educando va a ser él mismo, por tanto, no solo considero que los monitores no deben fumar delante de los menores, si no que considero que los monitores no deben ser fumadores, y en todo caso, si así fuera, deben ser capaces de explicar su posición ante el tabaco, ventajas e inconvenientes que padecen, para que el propio menor pueda, con todos los elementos de juicio necesarios, decidir aquello que para él mejor considere